miércoles, 7 de octubre de 2015

SE DEBE CONSIDERAR INGRESOS PRESUNTOS POR SERVICIOS A TITULO GRATUITO?

INFORME N.° 086-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA:
Se consulta si las empresas que prestan servicios a título gratuito, distintos a la cesión de bienes o préstamos, deben considerar algún “ingreso presunto” en su declaración jurada mensual del Impuesto a la Renta.

BASE LEGAL: Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N.° 179-2004-EF, publicado el 8.12. 2004 y normas modificatorias (en adelante, “la LIR”).

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2015/informe-oficios/i086-2015.pdf

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